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Autoconsumo solar para comunidades de vecinos

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Placas solares Comunidades

Modalidades de autoconsumo

Disfruta de las ventajas del autoconsumo en tu comunidad de vecinos.

USO COMUNITARIO

Zonas comunes del edificio

Ahorra dinero en los recibos de la luz de las zonas comunes del edificio

Zonas comunes

Garajes comunes

¿Qué áreas se alimentan?
Las zonas comunitarias del edificio, como el ascensor, garajes, escaleras, rellanos, y más, se benefician de la instalación.

¿A quién pertenecen los paneles solares?
La propiedad de los paneles solares pertenece a la comunidad de vecinos.

¿Quién disfruta de la energía generada?
La energía producida es un beneficio compartido por toda la comunidad de vecinos, lo que se traduce en una reducción de los costos en la factura eléctrica comunitaria.

¿Cuál es el acuerdo necesario en la comunidad?
Para llevar a cabo la instalación de paneles solares en una comunidad de vecinos, se requiere la aprobación en una junta, con el voto de al menos el 50% de los asistentes más uno (mayoría simple).

USO PRIVATIVO

Sólo para viviendas privadas

Cada familia usa la energía generada para su propia vivienda

Vecinos participantes

¿Qué áreas se abastecen?
Las áreas de uso privado, es decir, las viviendas de aquellos vecinos que opten por participar en la instalación.

¿A quién corresponde la propiedad de la instalación?
La propiedad de la instalación es compartida por todos los vecinos o familias que participan en el proyecto.

¿Quiénes disfrutan de la energía generada?
En un principio, los vecinos que han participado en la instalación de paneles solares son los beneficiarios, con la posibilidad de que otros vecinos se unan en el futuro mediante acuerdos internos.

¿Qué consenso se requiere en la comunidad?
Para la instalación de paneles solares con fines de uso privado en una comunidad de vecinos, se necesita la aprobación de al menos 1/3 de los propietarios de la comunidad.

¿Cómo se distribuye la energía generada?
La distribución de la energía generada puede seguir dos enfoques: coeficientes de reparto estáticos, en los que los vecinos se dividen la energía de acuerdo con una proporción fija previamente acordada, o coeficientes de reparto dinámicos, que permiten a los vecinos llegar a acuerdos basados en tramos horarios.

USO COMBINADO

Zonas comunes y privadas

Aprovecha la energía tanto para zonas comunes como privadas

Vecinos participantes

Zonas comunes

Garajes comunes

¿Qué áreas se abastecen?
Los paneles solares proporcionan energía a las áreas comunes del edificio y a aquellos vecinos que desean unirse a la instalación.

¿A quién pertenece la instalación?
La instalación es propiedad de la comunidad en su conjunto, así como de los vecinos que hayan participado en la instalación de forma privada.

¿Quiénes se benefician de la energía generada?
La energía generada beneficia inicialmente a las áreas comunes del edificio y a los vecinos que han participado en la instalación de paneles solares. Además, otros vecinos pueden unirse en el futuro a través de acuerdos internos.

¿Cómo se distribuye la energía generada?
La distribución de la energía puede seguir dos enfoques: coeficientes de reparto estáticos, en los que los vecinos se dividen la energía en proporciones fijas previamente acordadas, o coeficientes de reparto dinámicos, que permiten a los vecinos llegar a acuerdos basados en tramos horarios.

¿Qué consenso se requiere en la comunidad?
Para instalar paneles solares en una comunidad de vecinos con fines privativos, se necesita la aprobación de, al menos, 1/3 de los propietarios de toda la comunidad.

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PANELES SOLARES

¿Cómo funcionan los paneles solares de tu comunidad?

Los paneles solares capturan la energía del sol, transformándola en electricidad. Luego, los inversores se encargan de adecuar esta electricidad para el uso de vuestra comunidad.

La energía generada se consume en tiempo real en vuestra comunidad. Si optáis por la instalación de baterías, tendréis la posibilidad de almacenar esta energía para su uso posterior cuando sea necesario. También, tenéis la opción de verterla a la red de la distribuidora y recibir compensación por ella. O incluso, almacenarla en una batería virtual o monedero, donde podréis disponer de ella sin limitaciones temporales para su compensación.

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FAQS sobre autoconsumo en comunidades de vecinos

Es una instalación de energía renovable para autoconsumo que distribuye la electricidad entre un grupo de consumidores, según un reparto acordado previamente. Por ejemplo, en un edificio de varios pisos, se pueden poner paneles fotovoltaicos para repartir la electricidad generada entre los vecinos que han financiado la instalación. 

Los consumidores se conectan directamente a las placas solares, sin que la electricidad pase por la red eléctrica de distribución. 

Como se suele producir más electricidad a mediodía, cuando muchos vecinos están fuera de sus casas, estas instalaciones suelen acogerse al sistema de “compensación de excedentes”: vierten a la red la energía no consumida y reciben una compensación económica, pues esos kilovatios se les descuentan de su factura mensual según un precio acordado. 

Las comunidades de propietarios se pueden plantear varios tipos de instalación:

  • Para cubrir el consumo eléctrico del edificio(ascensor, escalera, garaje, zonas comunes…). En este caso, la propiedad de la instalación corresponde a la comunidad de propietarios.
  • Para las viviendas: la energía cubre el gasto que realizan los vecinos en sus hogares. La instalación será propiedad de los vecinos que participan de ella.
  • Para las viviendas y zonas comunes: tiene suficiente capacidad para cubrir las necesidades del edificio y distribuir energía a los hogares. La instalación de autoconsumo también será comunitaria.

Este tipo de instalaciones necesitan un contador que controla cuánta energía se genera y a quién se reparte. 

Hace unos meses se actualizó la Ley de Propiedad Horizontal para facilitar la instalación de sistemas de autoconsumo en los edificios de varias viviendas. Las mayorías que se requieren son distintas si la instalación es para uso común o si el aprovechamiento será privativo de cada vecino.

Para instalaciones de uso común. Si la instalación va a cubrir las necesidades del edificio, se requiere:

  • El voto favorable de la mayoría simple de los propietarios, que representen también la mayoría simple de las cuotas de participación, siempre que el coste de la instalación repercutido anualmente no supere la cuantía de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes. El coste se calcula una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas y aplicada la financiación si la hay. 
  • Para calcular esa mayoría, se cuentan como votos a favor los de los propietarios ausentesque, tras haber recibido la convocatoria, no han ido a la junta, pero han sido informados después de la decisión y no se han opuesto en un plazo de 30 días. 
  • Los propietarios que voten en contra no pueden participar posteriormente de la instalación, por lo que tendrán que seguir pagando su gasto común de electricidad.
  • El coste de estas obras y de los préstamos o la financiación para hacerlas se consideran gastos generales y se distribuyen según las reglas habituales.

Para instalaciones de uso privativo. Si el sistema tiene un aprovechamiento privativo (es el caso si la energía se destina a las viviendas y no participan todos los vecinos), la mayoría no es tan estricta, pues solo hace falta:

  • El voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. En este caso, a los propietarios que voten en contra no se les puede cargar ningún coste de la instalación, la adaptación de las infraestructuras comunes o el mantenimiento del sistema. 
  • Los gastos de conservación y mantenimiento de la nueva infraestructura tendrán la consideración de elemento común. Cualquier aspecto de la instalación de autoconsumo que no esté regulado explícitamente debe contar con aprobación de la junta de propietarios.

Cada instalación es diferente y el coste pueden variar mucho, lo que hace oscilar también el plazo de amortización. Además, hay que comprobar las posibles subvenciones y si hay alguna rebaja del IBI en el municipio para los edificios que los instalen. 

Es importante pedir siempre al menos 3 presupuestos a empresas especializadas y que hagan un estudio de la cubierta. El estudio tiene que indicar qué cantidad de energía se producirá (potencial energético), el presupuesto del proyecto, cuánta de esa energía se podrá aprovechar para el autoconsumo y cuánta se verterá a la red y cuál es el retorno económico esperado. 

Lo primero, determinar la potencia de la instalación

También hay que estudiar las curvas de consumo diarias, pues no es lo mismo consumir la mayor parte de electricidad a partir de las ocho de la tarde, que gastarla por la mañana, cuando el sistema está produciendo. Los vecinos interesados deberían monitorizar su consumo durante algún tiempo. Para el cálculo del consumo total, todos los participantes tienen que aportar el dato de su consumo anual, además del consumo eléctrico de la propia comunidad. 

Una de las "reglas de oro" del autoconsumo fotovoltaico es que toda la electricidad producida por el sistema debe ser consumida por sus usuarios. No interesa que la producción sea superior al consumo, ya que la energía que vertemos a la red se descuenta de la energía que compramos, y ese es el máximo que nos van a compensar. La energía sobrante solo se paga si la instalación se registra como “productora” de electricidad, algo que no resulta rentable porque implica costes.  Lo ideal sería producir exactamente lo mismo que consuma la instalación, pero siempre es mejor quedarse cortos en potencia a que los paneles estén sobredimensionados.

OCU aconseja que la potencia instalada no sobrepase el 60% del consumo previsto.

De 8 a 12 m2 de tejado por vecino

Para cubrir, por ejemplo, el 30% de la demanda de energía en una zona climática D, como Madrid, Pamplona o Zaragoza, es necesario disponer de una superficie de entre 8 y 12 m2 de tejado por vecino de la comunidad de propietarios. Debe ser una superficie sin sombras de los edificios circundantes, de las propias chimeneas o de cualquier otro obstáculo y orientada al sur. En estas condiciones la amortización de la instalación se realizaría en un máximo de 7 años, o incluso menos si es una zona climática A, B o C, con más horas de sol. Lógicamente, si consigues producir más energía, la amortización se acortaría.

Autoconsumo en la comunidad = un ahorro real

Para que te hagas una idea, estos serían los costes, la potencia recomendada y los plazos de amortización con los precios actuales para un edificio situado en Madrid con una comunidad de propietarios de 20 vecinos que decide realizar una instalación fotovoltaica:

Instalación para el consumo de las zonas comunes

  • Factura por el consumo anualsin fotovoltaica: 200 euros
  • Potencia de la instalación: 10 kWp de potencia(aproximadamente 22 paneles fotovoltaicos)
  • Coste de la instalación: 16.500 euros
  • Ahorro anual estimado: 5.500 euros, más de un 17%
  • Plazo de amortización de la inversión: 3 años

Instalación para el consumo individual de los vecinos

  • Factura del consumo mensual sin fotovoltaica (por vecino): 60 euros/mes
  • Potencia de la instalación: 1 kWp por vecino
  • Coste de la instalaciónpara cada vecino: 800 euros
  • Ahorro mensual estimado: 50 €al mes
  • Plazo de amortización: 3 años

Instalación conjunta, autoconsumo comunitario e individual

  • Potencia de la instalación: 30 kWp, 66 paneles
  • Coste de la instalación:000 euros
  • Ahorro estimado:000 euros al año
  • Plazo de amortización: 3 años

Como ves, la inversión se amortiza en tres años, aproximadamente.

Hay que repartir cómo se va a pagar la instalación y cómo se va a distribuir la energía que produzca. En el acta de la junta de la comunidad de propietarios tiene que quedar registrado tanto el acuerdo de participación económica como el reparto de la energía entre los participantes.

Reparto de los costes de instalación

La inversión para la instalación y los gastos de mantenimiento se pueden vincular con el reparto de energía generada o seguir otros criterios, por ejemplo, el de las cuotas de participación en la comunidad de vecinos o cualquiera fijado por acuerdo de todos los participantes. La opción más sencilla es que cada consumidor aporte una parte del coste que sea proporcional a la cuota de reparto energético.
Si algún vecino no dispone del importe inicial, puede ser la comunidad de propietarios o incluso otro vecino quien avance el dinero. 

Reparto de la energía producida

Se puede elegir el criterio de reparto: según la potencia contratada por cada vecino en su domicilio, según la participación en los costes de la instalación o en función de la cuota en la comunidad de propietarios
Sea cual sea, el reparto deben firmarlo todos los participantes. Los coeficientes pueden ser iguales para todas las horas o diferentes para cada hora del año (hasta 8.700 coeficientes distintos para cada consumidor) en función de los hábitos. La única restricción es que sumen 1 para todas las horas. 

No, no es necesario, porque es la compañía distribuidora la que lee el contador colectivo y sabe cuánta energía se está generando en total. Después aplicará el criterio de reparto que se le haya comunicado y pasará la información a las comercializadoras de cada consumidor para que puedan facturar cada suministro individual. 

En la facturación, pueden suceder tres cosas: 

Que toda la energía que has usado venga de tu propia instalación y no consumas nada de la red general: en ese caso, el importe de tu consumo sería 0, pero seguirías pagando costes fijos de tu contrato con la comercializadora si lo mantienes.   

Que consumas más de la cuota que tienes atribuida: tendrás que tomar la energía que te falta de la red de la compañía eléctrica y te la van a facturar descontando la que hayas vertido en otros momentos del día. Cuanta más energía autoproducida consumas, mayor será el aprovechamiento de la instalación porque cada kWh autogenerado tiene un valor hasta tres veces superior que si es compensado como excedente. Es decir, nos pueden llegar a cobrar tres veces más por la electricidad que compramos a la compañía de lo que esta nos paga por la que le vendemos.

Que hayas consumido menos de lo que produces y viertas más energía a la red de la que gastas. Si tu consumo total es más bajo que tu producción de electricidad, te podría quedar un resto de energía sin compensar, pues no habría suficiente consumo para descontarla.

Sí, los participantes en el autoconsumo pueden incorporarse cuando la instalación ya está en marcha o bien darse de baja. Habrá que volver a calcular el reparto de la energía y todos los participantes tienen que volver a firmar el acuerdo de reparto. El cambio de coeficientes hay que comunicarlo a la distribuidora que hace la lectura del contador con cierta antelación y mantenerlos durante un mínimo de 4 meses.

Instalación de paneles solares para el autoconsumo en viviendas comunitarias
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